El nuevo régimen de Códigos QR en autopartes: Lo que importadores y fabricantes deben saber sobre la Resolución 93/2026
El Gobierno introdujo cambios clave en la trazabilidad digital de repuestos y elementos de seguridad vial. Plazos límite, excepciones para neumáticos y normativas para el comercio electrónico.
El control de los componentes vinculados a la seguridad vial dio un paso definitivo hacia la digitalización . A través de la Resolución 93/2026 de la Secretaría de Coordinación Productiva, se modificó el régimen que obliga a identificar mediante Códigos QR a las autopartes y elementos de seguridad comercializados en el país, tanto de fabricación nacional como importados .
Esta medida viene a corregir y adecuar aspectos prácticos de la anterior Resolución 222/2025, atendiendo a los reclamos logísticos del sector autopartista y automotor debido a la “imposibilidad material” de etiquetar ciertos bienes en origen .
¿Qué información debe contener el Código QR?
El objetivo de fondo de este sistema es garantizar que cualquier consumidor, taller o autoridad de control pueda verificar la legitimidad y los estándares técnicos de la pieza con un simple escaneo desde su celular .El QR debe dirigir a un sitio donde contenga de forma transparente:
- Datos de la empresa: Razón social y CUIT del fabricante o importador .
- Identificación del producto: Marca, modelo y número de pieza ( número de pieza ) .
- Origen del componente.
- Certificación: Número de certificado y denominación del Organismo Certificador interviniente (como INTI, IRAM u organismos internacionales autorizados) .
Por regla general, este código QR debe estar adherido de forma visible en el cuerpo del producto o en su envase primario.
Las flexibilizaciones clave de la nueva norma.
La Resolución 93/2026 entendió que la cadena logística internacional y las características físicas de ciertos productos requerían excepciones operativas :
- El caso de los neumáticos: al ser materialmente inviable adherir una etiqueta QR permanente en el caucho o contar con un envoltorio tradicional, la normativa dispone que la información debe garantizarse en el punto de venta o entrega. El comercio deberá exhibir el QR de manera clara y visible, vinculándolo inequívocamente al neumático ofrecido .
- E-commerce y Ventas Online: si la comercialización se realiza de manera digital o a distancia, los vendedores tienen la obligación de incluir un enlace digital visible dentro de la publicación o proceso de compra . El comprador debe poder verificar la trazabilidad y certificación antes de realizar el pago .
Fecha límite: Cuenta regresiva para el stock viejo.
Un punto crítico para la planificación financiera de las PyMEs es el período de transición . La resolución fijó el 1° de septiembre de 2026 como la fecha límite para la comercialización de aquellas autopartes fabricadas o importadas antes de la vigencia del régimen sin la correspondiente identificación digital . A partir de ese día, todo el stock circulante en el mercado local deberá estar adecuado a la norma .
Visión Estratégica desde CPN Comex
Para las empresas importadoras, los cambios en los regímenes de certificación exigen un control estricto desde el momento en que se coordina la orden de compra en el exterior. Declarar correctamente la mercadería en el Sistema Informático Malvina (SIM) y planificar la impresión o asignación de los códigos QR (ya sea en origen o en depósitos fiscales autorizados) es vital para evitar demoras en la nacionalización .
Desde CPN Comex , realizamos el seguimiento integral de sus licencias de certificación y lo asesoramos en la implementación de los requisitos de trazabilidad . Convertimos los cambios regulatorios en procesos estandarizados para que su empresa opere con total tranquilidad .
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